El pasado 20 de septiembre, el medio de comunicación El Pulso publicó una columna de la profesora Loreto Pelegrí, en la que comenta los graves problemas que puede causar una de las normas que aprobó el Senado el día 25 de septiembre de 2024 (boletín 16621-05) que, en la práctica, permite al SII entrabar actividades económicas de cualquier pesona, debido a que, nuevamente, se recurre a un concepto jurídico indeterminado que facultará a la autoridad decidir quién puede participar en el comercio electrónico.
Señala la profesora Pelegrí sobre el concepto jurídico indeterminado en comento "¿qué considerará el SII como 'situación tributaria al día' o que se 'ha dado cumplimiento a sus obligaciones tributarias'? Esto podría ser haber presentado sus declaraciones de renta y mensuales, pero también no tenerlas observadas, no tener observadas las declaraciones juradas, que no exista una devolución de renta retenida, tener abierta una fiscalización, etc., lo que no implica no haber dado cumplimiento a sus obligaciones tributarias, ya que son situaciones muy normales en todas las empresas".
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Fecha de actualización 25 de septiembre de 2025.